Secretario General
GUSTAVO FRANCISCO MORON
mail: secretariogeneral@apelrionegro.com.ar
Articulo 43°.- Son deberes y atribuciones del Secretario General:
a) Ejercer la representación de la Asociación;
b) Firmar las actas o resoluciones de la Comisión Directiva y asamblea correspondiente a las reuniones que asista;
c) Autorizar con el Secretario de Finanzas las cuentas de gastos, firmando recibos y demás documentos de la Tesorería, de acuerdo con lo resuelto por la Comisión Directiva;
d) Firmar conjuntamente con el Secretario de Finanzas los cheques;
e) Firmar la correspondencia y demás documentación conjuntamente con el secretario del área respectiva;
f) Convocar y presidir las reuniones de la Comisión Directiva;
g) Adoptar resoluciones urgentes en casos imprevistos, ad referéndum de la Comisión Directiva.
Secretaría Adjunta
MONICA BEATRIZ FRESCO
Artículo 44°.- Son deberes y atribuciones de la Secretaria Adjunta colaborar con el Secretario General en el ejercicio de las funciones que este le delegue y reemplazarlo en caso de ausencia, impedimento o separación del cargo.
Secretario Gremial
PASCUAL ALBERTO AMESTICA
mail: secretariogremial@apelrionegro.com.ar
Artículo 45°.- Son deberes y atribuciones del Secretario Gremial:
a) Vigilar y exigir el cumplimiento de las convenciones colectivas de trabajo y todo lo relativo al cumplimiento de las leyes laborales;
b) Asesorar a los afiliados sobre sus derechos y deberes por medio de los órganos respectivos;
c) Realizar la defensa gremial y jurídica de los afiliados cuyos derechos sean violados;
d) Asistir al cuerpo de delegados en todas aquellas materias que requieran de su intervencion;
e) Llevar el control de la duración del mandato de los delegados e informar a la Comisión Directiva a fin que convoque a elección a su finalización:
f) Organizar y fiscalizar las elecciones de delegados, como asimismo proclamar a los que resulten electos en representación de la Comisión Directiva;
g) Recopilar datos y elaborar estadísticas de todo aquello que haga a la vida interna de la Asociación y/o a la clase trabajadora del país;
h) Estará a su cargo el personal de empleados, archivo general de la organización y la adquisición de todo elemento necesario para el normal desenvolvimiento de la misma;
i) Mantener informada a la Comisión Directiva y por decisión de ésta, gestionar la participación en los foros internacionales donde se discuta la problemática de las relaciones laborales;
j) Promover y participar de congresos, encuentros, etcétera con las organizaciones hermanas de trabajadores de la administración pública, de otras naciones y fundamentalmente de los países del Mercosur;
k) Intercambiar experiencias sobre legislación laboral y convenciones colectivas de trabajo;
l) Organizar con el Secretario de Prensa la edición del material de difusión que se considere necesario, como así también la edición de una página en Internet que permita un intercambio fluido de información a nivel mundial.
Secretario de Organización y Movilización
NESTOR ADRIAN QUIÑENAO
mail: organizacion@apelrionegro.com.ar
Artículo 46°.- Son deberes y atribuciones del Secretario de Organización y Movilización:
a) Organizar un registro de afiliados en el que serán inscriptos por riguroso orden cronológico todos los integrantes de la entidad;
b) Impulsar todas aquellas acciones tendientes al incremento del número de afiliados;
c) Organizar las delegaciones sindicales que se creen en la jurisdicción de la entidad;
d) Presentar a consideración de la Comisión Directiva, las solicitudes de ingreso, reingreso o renuncia a la entidad;
e) Distribuir de la manera más eficaz los comunicados que la entidad emita en relación a todas circunstancias laborales que vive el trabajador;
f) Coordinará y planificará las actividades del Secretario de Trabajadores Pasivos.
Secretario de Finanzas
MARIO FERNANDO PRIETO
mail: finanzas@apelrionegro.com.ar
Artículo 47°.- Son deberes y atribuciones del Secretario de Finanzas:
a) Ocuparse de todo lo relacionado con el cobro de las cuotas sindicales;
b) Llevar los libros de contabilidad;
c) Presentar a la Comisión Directiva balances mensuales y preparar anualmente el balance general, cuentas de gastos y recursos e inventario que deberá aprobar la Comisión Directiva;
d) Tener a su cargo el control del cumplimiento de los presupuestos de gastos elaborados por la Comisión Directiva, para todos los frentes de trabajo que comprende la actividad social y sindical de la asociación;
e) Firmar con el Secretario General los cheques y autorizar con dicha autoridad las cuentas de gastos;
f) Efectuar, en una institución bancaria legalmente autorizada, a nombre de la Asociación y a la orden ingresado a la caja, pudiendo retener en la misma hasta la suma que determine la Comisión Directiva;
g) Dar cuenta del estado económico de la entidad a la Comisión Directiva o a la Comisión Revisora de Cuentas, todo vez que esta lo exija.
Secretario de Acción Social y Vivienda
AMADEO ALBERTO IBAÑEZ
mail: accionsocial@apelrionegro.com.ar
Artículo 48°.- Son deberes y atribuciones del Secretario de Acción Social y Vivienda;
a) Atender toda la actividad que lleve a cabo la Asociación en materia de acción social, procurando incrementar los objetivos de solidaridad, así como los elementos para su desenvolvimiento;
b) Desarrollar planes de asistencia social y requerir de quien corresponda el aporte económico necesario para llevarlos a cabo;
c) Participar activamente en la elaboración, planificación, control y evaluación de políticas, normas y programas destinados a los afiliados con discapacidad, asegurando la igualdad de oportunidades y el pleno ejercicio de los derechos humanos de los mismos;
d) Coordinar programas para el desarrollo de servicios asistenciales como proveedurías, farmacias, ortopedias, planes de vivienda, muebles registrables y demás que integren la esfera propia de la acción social de la Asociación en este aspecto;
e) Proponer políticas que contribuyan en materia de seguros, subsidios y créditos que beneficien a los afiliados del gremio;
f) Propiciar reformas a normas legales vigentes en materia de acción social, relacionadas con el trabajador legislativo, requiriendo a esos efectos en asesoramiento que corresponda, elevándolas a la Comisión Directiva para su promoción.
Secretaría de Actas y Prensa
MARCELO OLIVA
mail: prensa@apelrionegro.com.ar
Artículo 49°.- Son deberes y atribuciones de la Secretaria de Actas y Prensa:
a) Redactar y firmar las actas de sesiones de Comisión Directiva y Asambleas;
b) Inscribir en el Libro de Resoluciones los acuerdos de la Comisión Directiva;
c) Guardar y custodiar el Libro de Actas y el de Resoluciones;
d) Tomar a su cargo la rubricación de los libros de Actas, Resoluciones y Asambleas de la entidad;
e) Expedir las copias de las Actas y Resoluciones que deben hacerse para acompañar éstas, a las instituciones públicas, nacionales, provinciales, municipales, judiciales o privadas que correspondan por tramitaciones que se efectúen o para extender los instrumentos públicos o privados, que fueren necesarios para el cumplimiento de las resoluciones que adopte la Comisión Directiva. Esta documentación la suscribirá en forma conjunta con el Secretario General;
f) redactar y difundir las noticias de interés sindical, los comunicados y declaraciones a efectos de mantener a los afiliados constantemente informados de las actividades sindicales desarrolladas;
g) Proyectar y desarrollar la propaganda que emita la Asociación con arreglo a los lineamientos que determine la Comisión Directiva, haciéndose cargo de su organización;
h) Mantener y organizar las relaciones con todos los responsables de prensa de las organizaciones sindicales provinciales, del país y los medios de comunicación.
Secretaría de la Mujer
GLADYS NOEMI POLIS
mail: mujer@apelrionegro.com.ar
Artículo 50°.- Son deberes y atribuciones de la Secretaria de la Mujer:
a) Colaborar directamente con todas las otras secretarías para asegurar la intervención de las mujeres en la actividad sindical, asegurando el cupo femenino;
b) Velar por la no discriminación de la mujer en ningún sector laboral;
c) Proponer el desarrollo y mejoras en los ámbitos laborales en todo lo relacionado con el personal femenino;
d) Postular mejoras laborales en lo relativo a las licencias por maternidad, períodos de lactancia, y cualquier otro beneficio dependiente de este acontecimiento;
e) Difundir programas de asistencia de salud en lo relativo a enfermedades propias de la mujer y prevención de las mismas;
f) Organizar y coordinar con organismos privados y/o gubernamentales, programa tendientes a tratar la problemática social y laboral de la mujer.
Secretaría de la Juventud
ERIKA BEATRIZ SAEZ
mail: juventud@apelrionegro.com.ar
Artículo 51°.- Son deberes y funciones de la Secretaria de la Juventud:
a) Atender a la programación y realización de actividades destinadas a insertar en la vida institucional de la entidad a los jóvenes afiliados, incrementar el nivel de capacitación sindical de los mismos y promover su colaboración en los proyectos de esta secretaría;
b) Organizar cursos, que posibiliten su acceso a una mejor educación, capacitación laboral y técnica, tendientes a mejorar su instrucción y/o especialización de acuerdo a sus necesidades laborales o sociales;
c) Promover la confraternidad de los jóvenes afiliados con los jóvenes de entidades hermanas, coordinando y auspiciando encuentros, eventos y/o actividades conjuntas.
Secretario de Trabajadores Pasivos
ALDO RUBEN SANTAMARINA
mail: pasivos@apelrionegro.com.ar
Artículo 52°.- Son deberes y atribuciones del Secretario de Trabajadores Pasivos:
a) Entender en la elaboración de planes y estrategias tendientes a la integración de los trabajadores pasivos del sector legislativo, a las actividades gremiales y sociales que elabora y ejecuta la Organización Sindical;
b) Representar al gremio en las actividades de jubilados;
c) Supervisar y organizar planes de previsión y salud;
d) Coordinar con la Secretaría de Acción Social y Vivienda; Secretaria de Turismo, Deportes y Recreación planes y acciones para el sector;
e) Supervisar al estricto cumplimiento de las normativas de todo orden que afecta la integración social de los trabajadores pasivos.
Secretario de Turismo, Deportes y Recreación
RICARDO ANIBAL COLOMBO
mail: turismoydeportes@apelrionegro.com.ar
Artículo 53°.- Son deberes y funciones del Secretario de Turismo, Deportes y Recreación:
a) Promover la práctica de las diferentes disciplinas deportivas, incentivando la inclusión social, la integración y el desarrollo humano integral del trabajador legislativo;
b) Propiciar el acceso a la actividad física y a la recreación como aspectos fundamentales para el desarrollo de los afiliados y su grupo familiar;
c) Impulsar las prácticas saludables, sustentadas en el compromiso, la solidaridad, el compañerismo, la cooperación y el respeto a la diversidad como valores centrales para el desarrollo individual y colectivo en el ámbito legislativo;
d) Fomentar y organizar encuentros, torneos y competencias estableciendo una comunicación permanente con las distintas instituciones deportivas;
e) Organizar y difundir el turismo social, teniendo a su cargo todo lo relacionado con hoteles, campos recreativos y colonia de vacaciones;
f) Participar activamente en la elaboración, promoción y ejecución de políticas y planes vinculados con el turismo social, mejorando la calidad de la prestación de servicios y produciendo efectos positivos en materia de calidad de vida.
Secretaría de Capacitación y Educación para el Trabajo
SERGIO NAHUELPAN
mail: capacitacion@apelrionegro.com.ar
Artículo 54°.- Son deberes y funciones de la Secretaria de Capacitación y Educación para el Trabajo:
a) Presentar por ante la Comisión Directiva para su aprobación, la planificación pedagógica, la organización de los distintos planes y programas en el marco de los lineamientos establecidos en los objetivos previstos por la Asociación;
b) Realizar todos los actos necesarios para la ejecución de los proyectos, programas de educación, formación profesional y de capacitación aprobados, en sus diversas modalidades;
c) Acompañar, dirigir y asesorar a la Comisión Directiva y a los docentes en la ejecución de los distintos planes y programas;
e) Participar e integrar en nombre de la Asociación, en organismos públicos o privados, que por sus funciones específicas refieran a temas de educación, capacitación y formación;
f) Organizar y fomentar actividades científicas, artísticas y culturales;
g) Diseñar tareas de desarrollo, evaluación y difusión de la investigación así como los planes de formación de investigadores;
h) Coordinar con los organismos dedicados a la ciencia y técnica las acciones tendientes a la participación de los trabajadores legislativos en dichos ámbitos;
i) Vincular las políticas provinciales, nacionales e internacionales de desarrollo tecnológico y científico con las necesidades de los trabajadores legislativos;
j) Entender en la implementación, ejecución y control de todos los programas culturales que desarrolle la Asociación, en especial los referidos a espectáculos, bibliotecas gremiales, visitas y cualquier otro medio de expresión cultural que acerque al trabajador legislativo a la cultura provincial y nacional.
Secretaría de Derechos Humanos
ROSANA TERESA DEVINCENZI
mail: derechos@apelrionegro.com.ar
Artículo 55°.- Son deberes y funciones de la Secretaria de Derechos Humanos:
a) Entender en la elaboración, desarrollo y control de planes dirigidos a garantizar los derechos humanos para todos los trabajadores en coordinación con las demás secretarías, tomando como base la definición conceptual de la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales;
b) Planificar, coordinar y supervisar la ejecución de las actividades de formación y fortalecimiento institucional en materia de derechos humanos tanto en el ámbito laboral como en el familiar;
c) Entender en la observación activa, el seguimiento y la denuncia de casos y situaciones relativas a los derechos humanos, los desaparecidos y los héroes de Malvinas, juntamente con organismos provinciales, nacionales e internacionales que tengan el mismo objetivo;
d) Propender a la solución de conflictos que tiendan a la superación de los mismos, propiciando el diálogo y el entendimiento de las partes.
Secretario de Seguridad, Higiene y Política Ambiental
MARIO RUBEN SOSA
mail: seguridadhigiene@apelrionegro.com.ar
Artículo 56°.- Son deberes y funciones del Secretario de Seguridad, Higiene y Política Ambiental:
a) Colaborar en la elaboración, desarrollo y control de planes para el mejoramiento de las condiciones socio ambientales del trabajador legislativo, en el marco de las tendencias mundiales de preservación del medio ambiente;
b) Fomentar la participación de los afiliados en los Comités Mixtos de Seguridad e Higiene creados por Ley;
c) Proponer a la Comisión Directiva la creación de medidas de Seguridad e Higiene para la prevención de accidentes de trabajo y creación de una cultura preventiva de los mismos, que según el tipo de trabajo, la experiencia y la técnica sean necesarias para tutelar la integridad psicofísica y la dignidad de los trabajadores;
d) Colaborar con los distintos sectores del Poder Legislativo y Organos de Control Externo que tengan como objetivo el mejoramiento de la Seguridad e Higiene de los mismos.
Secretaría de Programación para la Prevención de las Adicciones
MARIA ROMINA VALLA
mail: prevencionadicciones@apelrionegro.com.ar
Artículo 57°.- Son deberes y funciones de la Secretaria de Programación para la Prevención de las
Adicciones:
a) Orientar a los trabajadores legislativos y su grupo familiar respecto a conductas adictivas;
c) Colaborar con los distintos sectores del Poder Legislativo y Organos de Control Externo, en la búsqueda de soluciones, que tengan como objetivo la recuperación de los trabajadores legislativos con problemas de adicciones;
d) Realizar actividades de capacitación sobre el manejo de las adicciones en el ámbito laboral juntamente con el Secretario, Higiene y Política Ambiental;
e) Transmitir y educar a los delegados brindando la información y orientación necesaria que coadyuve a la prevención y concientización relacionada con la problemática de conductas adictivas;
f) Trabajar en forma articulada con otros gremios en la búsqueda de distintas soluciones para la prevención de las adicciones.