Desde el gremio queremos informar a todos los agentes comprendidos en la ley L nº 838, respecto de la sustitución del artículo 25 de la ley K n° 2753 que se aprobó el día jueves 7 de diciembre en la Legislatura de Río Negro; el cual hace alusión a los aportes que cada afiliado realiza a la obra social IPROSS. Cuya modificación, hace referencia que el aporte del 4% que hacen los afiliados a dicha obra social con sus haberes, se descontará del total de la remuneración mensual que cada uno percibe. Es decir, que se tomarán las sumas remunerativas y no remunerativas para que el empleador efectúe dicho descuento.
Cabe destacar y resaltar que los empleados nucleados bajo la ley L nº 838, perciben sus haberes en su totalidad de manera remunerativa, con lo cual dicha modificación en la Ley del IPROSS, no afectará en absoluto a los haberes percibidos por dichos agentes.