En la primera Sesión Ordinaria del día de ayer se aprobó en primera vuelta la modificación del artículo 11 bis de la ley L nº 838 del Estatuto del Empleado del Poder Legislativo, artículo que faculta al presidente de la legislatura a recategorizar a los empleados legislativos cada 4 años. Esta nueva modificación trae claridad a diversas interpretaciones las cuales se han denegado oportunamente dichos derechos.

Se puede decir que está modificación no solo trae claridad si no también el incentivo a cada una y cada unos de los trabajadores a seguir apostando a su capacitación y desarrollo personal en la carrera laboral, quedando así plasmado que en caso de cambio de escalafón y/o re categorización por obtención de titulos, se establece que dichos cambios no son considerados promoción.

Es un logro gremial el poner atención en la recuperación de derechos y en el reconocimiento a cada trabajadora y trabajador legislativo. Se hace mención que sin acompañamiento de todas y todos los trabajadores, de las voluntades políticas de escuchar estos reclamos no hubiese sido posible conseguirlo.

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